Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, 30 de agosto
TEGUCIGALPA, 30 de agosto de 2018.- En el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras, reitera su solidaridad y apoyo a las víctimas de desapariciones forzadas, sus familiares y defensores y defensoras de derechos humanos, que los apoyan en su lucha por la verdad y la justicia.
La OACNUDH reconoce los avances del Estado de Honduras por ratificar la totalidad de los instrumentos fundamentales de derechos humanos de las Naciones Unidas, entre ellos la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y por haber participado en las revisiones periódicas de los varios Comités.
“Los familiares tienen el derecho, también en su calidad de víctimas, a conocer la verdad sobre las circunstancias de cualquier desaparición forzada, el paradero de sus seres queridos, los avances y los resultados de la investigación y, finalmente, el destino de la persona desaparecida” dijeron los expertos del Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada y los miembros del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de la ONU, en una declaración conjunta con ocasión del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, el 30 de agosto de 2018.
“Las autoridades a cargo de la búsqueda deben ser independientes y tener suficientes recursos humanos y financieros; deben coordinar adecuadamente la búsqueda y tener acceso irrestricto a toda la información relevante para la localización de la persona desaparecida; siempre deben permitir la completa participación de los familiares o de sus representantes, quienes deben ser informados regularmente y ser protegidos en situaciones de inseguridad. El deber de buscar es permanente y continúa hasta que el destino y paradero de aquellos que han desaparecido sean determinados”, añadieron los expertos .
El Gobierno de Honduras presentó el informe periódico ante el Comité contra la Desaparición Forzada de conformidad al artículo 29 de la Convención contra las Desapariciones Forzadas el pasado mayo. La oportunidad significó sostener un diálogo franco y directo con los miembros del Comité, donde se identificaron los avances, retos y desafíos, a fin de mejorar la implementación de tan importante instrumento internacional en materia de derechos humanos.
En dicha oportunidad el Comité realizó una serie de recomendaciones al Estado de Honduras alentándolo a que aplique las mismas con el fin de garantizar que el marco jurídico vigente y la forma en que es aplicado sean plenamente compatible con los derechos y las obligaciones que se consagran en esta convención. Estas recomendaciones se refieren a la coherencia del nuevo proyecto de código penal recientemente aprobado con el contenido de la Convención; la necesidad de que la legislación penal prevea la responsabilidad penal del superior jerárquico bajo criterios de responsabilidad o subordinación; el carácter continuo del delito de desaparición forzada; la jurisdicción de los tribunales hondureños para casos de desaparición forzada cometidos en el exterior en perjuicio de personas hondureñas; la importancia de que la investigación y enjuiciamiento de miembros de las fuerzas de seguridad sea realizada por jueces competentes, independientes e imparciales; la participación de las víctimas en los procesos penales sin que ello suponga un riesgo para las mismas; el avance en la coordinación regional para la búsqueda de personas migrantes y en la investigación de las personas responsables; la adopción de las salvaguardas contenidas en la convención para personas privadas de libertad o la importancia de continuar con la formación en derechos humanos.
En este sentido, OACNUDH insta a que se pueda reconsiderar la aceptación de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada, para recibir y examinar comunicaciones individuales.
Con el objeto de facilitar la implementación de las recomendaciones emitidas, así como acompañar el dialogo con la sociedad civil y con las víctimas sobre cómo lograr que la legislación y su aplicación estén conformes con el contenido de la Convención, la experta del Comité la abogada María Clara Galvis realizó una visita académica al país el 20 de agosto pasado. La experta prestó especial atención a las tres recomendaciones prioritarias que identifica el Comité y que tienen que ver con la necesidad de contar con un registro consolidado de todos los casos de desaparición forzada ocurridos en el territorio nacional o de personas de nacionalidad hondureña desaparecidas en la ruta migratoria; la obligación de investigación cuando se presenten indicios de desaparición forzada y la necesidad de acelerar las investigaciones en los casos pendientes de las desapariciones ocurridas durante las décadas de 1980 y 1990; y por último el Comité prioriza la necesidad de prevenir actos de intimidación y violencia contra defensores de erechos humanos y familiares de víctimas de desaparición forzada.
El relator presidente del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de la ONU, Bernard Duhaime, dijo: “si bien los estándares internacionales proveen una guía para establecer un marco legal sólido en materia de investigación de las desapariciones forzadas, la cuestión de cómo los Estados deben implementar esta obligación en la práctica debe ser estudiada con mayor profundidad. La Representante de País, María Soledad Pazo destacó en el marco del seguimiento de estas recomendaciones que: “Continua siendo urgente que el Estado de Honduras asegure que todos los casos de desaparición forzada, incluidos los perpetrados durante las décadas de 1980 y 1990, sean investigados sin demora y los presuntos autores enjuiciados y sancionados”
La Representante, además recordó: “la persecución penal de las desapariciones forzadas puede ser ejercida en cualquier momento sin limitaciones de tiempo en virtud de la imprescriptibilidad de dicho delito” y enfatizó que, “la desaparición forzada es particularmente grave dado que, pone a las victimas al margen de la protección de la ley, privándolas de su personalidad jurídica y derechos y garantías fundamentales”.
Finalmente, OACNUDH reafirma la continuidad de sus esfuerzos por apoyar al Estado en la prevención de las desapariciones forzadas, en la atención pronta e integral de las víctimas, incluyendo su derecho a la verdad, justicia y reparación, en el marco del seguimiento a las recomendaciones internacionales.