OACNUDH llama a desarrollar un proceso de revisión y reforma del nuevo Código Penal
TEGUCIGALPA (7 de mayo de 2020) – Ante la próxima entrada en vigencia del nuevo Código Penal, OACNUDH recuerda que las observaciones y recomendaciones hechas al Estado de Honduras por los mecanismos de derechos humanos del sistema universal y del sistema interamericano en relación al contenido del nuevo Código continúan vigentes y pendientes de implementarse.
OACNUDH observa que el nuevo Código Penal representa un avance importante en ciertos temas al incorporar nuevos tipos penales codificados en el Estatuto de Roma, nuevos tipos de sanciones alternativas a la detención que impactarían en la disminución de la población carcelaria, así como la actualización del marco normativo penal que data de 1983. Sin embargo, contiene tipos penales que requieren ser armonizados con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado.
Los mecanismos de derechos humanos han indicado que la definición de ciertos delitos podría afectar el ejercicio de derechos humanos. La inclusión de los delitos de injuria y calumnia en el ámbito penal, así como la definición de publicidad, de desórdenes públicos y las disposiciones relativas a la responsabilidad penal en los delitos cometidos a través de medios de comunicación podrían conllevar una afectación al ejercicio de la libertad de expresión. También las definiciones de los delitos de reuniones y manifestaciones ilícitas, de asociación para delinquir, de perturbación del orden público y de asociación terrorista continúan siendo amplias y ambiguas y podrían afectar el ejercicio de la libertad de reunión pacífica y asociación.
De especial preocupación resultan los tipos penales que afectan a grupos en situación de vulnerabilidad, particularmente las mujeres, los niños y las niñas. Desde una perspectiva de derechos de las mujeres y combate a la violencia de género, es necesario revisar la definición del delito de violencia contra la mujer y de tipos penales de violencia sexual, así como la criminalización absoluta del aborto. Asimismo, las definiciones de discapacidad y de discriminación que incluye el Código podrían conducir a aumentar la situación de vulnerabilidad que ya enfrentan amplios sectores de la población.
En lo que respecta a las violaciones de derechos humanos, la Oficina observa la necesidad de revisar y adaptar la definición de los delitos de tortura, desaparición forzada, trata de personas y tráfico ilícito a los instrumentos internacionales y jurisprudencia en la materia, para asegurar la investigación, persecución penal y sanción adecuada de las graves violaciones a los derechos humanos.
La Oficina además observa que existen disposiciones del nuevo código penal que debilitan la efectiva persecución de actos de corrupción e insta a revisar la definición de los delitos relacionados con el combate a la corrupción y garantizar que las penas aplicables sean proporcionales a la naturaleza de los hechos.
OACNUDH hace un llamado a desarrollar un proceso de revisión y reforma del nuevo Código Penal de acuerdo a las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos del sistema universal y del sistema interamericano. Es importante que este proceso sea amplio, transparente y participativo e incluya a amplios sectores de la sociedad civil hondureña.
OACNUDH observa que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal en el contexto actual de crisis sanitaria y humanitaria por el COVID-19 constituye un reto adicional para el Estado que podría traducirse en regresión en materia de derechos humanos. OACNUDH reitera al Estado de Honduras y particularmente al Congreso Nacional su disponibilidad de brindar asistencia técnica en estos procesos con la efectiva participación de todos los sectores interesados.
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